CAM 4.21

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Carrera 1 No. 60-79
Neiva,
Colombia

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Reseña histórica

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, nace como respuesta a los preceptos Constitucionales de la Carta de 1991, en la cual se hace manifiesto el nuevo concepto de crecimiento económico dentro de los lineamientos del desarrollo humano sostenible, constituyéndose como un derecho colectivo el derecho de los individuos a gozar de un ambiente sano, que debe ser garantizado por el Estado.

Fue así como mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, y organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA); se creó entre otras, la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM; dotándosele de la potestad de ser la máxima autoridad ambiental en la región, con la intención de superar el esquema centralizado y sectorial que había predominado históricamente en la gestión ambiental. Esta entidad es definida por la misma ley como ente corporativo de carácter público, integrada por los municipios, departamentos y demás entidades territoriales que conforman una unidad geográfica, hidrográfica o geopolítica; está dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica. Como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción debe ejecutar la Política Nacional Ambiental trazada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, administrar los recursos naturales renovables y el medio ambiente y promover el desarrollo sostenible en la región.

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena con jurisdicción en el departamento del Huila, inició labores en marzo de 1995, mes en el cual se posesionó el primer Director General de la entidad con su equipo de trabajo. La asunción de funciones como autoridad ambiental fue realizada de manera gradual a medida que el INDERENA Seccional Huila, en liquidación, iba entregando sus archivos y procesos en trámite, dentro del plazo señalado por la misma Ley 99, es decir hasta el 22 de diciembre de 1995.

Nutarelaza

Conforme lo establece el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, es un ente corporativo de carácter público, creado por la Ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargada por la ley de administrar dentro del departamento del Huila, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y políticas del Ministerio del Medio Ambiente.

Objetivos Corporativos

Fortalecer los procesos de planificación y ordenamiento ambiental del territorio, como instrumento básico de la gestión ambiental.
Mejorar las condiciones de los ecosistemas con base en el conocimiento, la recuperación y el aprovechamiento sostenible de sus bienes y servicios ambientales.
Disminuir los impactos generados por las actividades antrópicas en los centros poblados.
Promover el uso de tecnologías y prácticas que permitan la reducción de los impactos generados por procesos productivos.
Fortalecer la capacidad de los actores sociales, a fin de hacer efectiva su participación en la gestión ambiental.
Mejorar la capacidad de gestión (eficiencia, eficacia y efectividad) de la Corporación, que facilite la administración y manejo de los recursos naturales y el ambiente.

Jurisdicción

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena –CAM- ejerce su autoridad ambiental en el departamento del Huila, y por ello cuenta con cuatro Direcciones Territoriales a partir de las cuales garantiza una mayor efectividad en el ejercicio de la gestión institucional.

La Corporación Autónoma Regional atiende al público en su sede principal así como en sus Direcciones Territoriales en horario de 7:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:30 p.m. a 4:30 p.m.

Dirección Territorial Norte: Comprende los municipios de Neiva, Aipe, Algeciras, Baraya, Colombia, Hobo, Iquira, Rivera, Santa María, Tello, Campoalegre, Villavieja, Palermo, Teruel y Rivera .
Ubicación y Atención: Sede Central Carrera 1 No. 60-79 Neiva, Huila Colombia. PBX (57 8) 876 5017 - Fax (57 8) 876 5344

Dirección Territorial Centro: Conformada por los municipios de Gigante, Garzón, Tarqui, Altamira, Guadalupe, Suaza, Agrado y Pital.
Ubicación y Atención: Sede Garzón Carrera 8 No. 5-58 Garzón, Huila. Tels. (57 8) 833 2444

Dirección Territorial Occidente: Con jurisdicción en los municipios de Tesalia, Paicol, Nátaga, La Argentina y La Plata.
Ubicación y Atención: Sede La Plata Calle 5 No. 5-44 La Plata, Huila. Tels. (57 8) 837 0184

Dirección Territorial Sur: Los municipios que integran esta dirección territorial son: Pitalito, Acevedo, Palestina, San Agustín, Isnos, Saladoblanco, Oporapa, Elías y Timaná.
Ubicación y Atención: Sede Pitalito Finca Marengo Kilómetro 4 Vía Pitalito - San Agustín, Huila. Tels. (57 8) 836 6711

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